viernes, 18 de julio de 2008

En el caso de que existiera separación de poderes

Según el artículo primero apartado segundo de nuestra actual y vigente Constitución Española del año 1978: “La soberanía nacional reside en el pueblo español del que emanan los poderes del Estado”. En sí con este artículo podríamos afirmar que es la esencia de la democracia. Pero en realidad lo que se esconde es el control partidista, por parte de los partidos políticos, de los órganos constitucionales del Estado.
Me explico, ante la reciente noticia de la próxima renovación del órgano de gobierno de los Jueces y Magistrados, conocido coloquialmente como Consejo General del Poder Judicial se puede observar como en vez de separación de poderes existe fusión de los mismos, y la sumisión de uno de los pilares básicos, de en teoría, de una sociedad “democrática” que es la potestad de administrar justicia en virtud de lo dispuesto en las leyes, aprobadas por los órganos legislativos del Estado, en este caso las Cortes Generales, se ve sometido al control partidista de los partidos políticos, ya que en la designación de los veinte vocales de dicho Consejo General el Congreso de los Diputados propone diez Magistrados y el Senado otros diez.
Pero no amigos; no solo es el Consejo del Poder Judicial. Haciendo un repaso por los demás órganos constitucionales del Estado nos encontramos al Tribunal de Cuentas, supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado y del sector público estatal, este órgano y concretamente la designación de sus miembros son elegidos por el Congreso de los Diputados seis magistrados y por el Senado otros seis.
No obstante cabe destacar que el órgano constitucional del Estado más prostituido por parte de muchos intereses políticos es sin lugar a dudas el Tribunal Constitucional; órgano que en teoría debía velar por que se aplicará estrictamente la Constitución y de que engendros como el Estatuto de Autonomía de Cataluña por mucho que dictaminase su posición favorable y su supuesta constitucionalidad a dicho Estatuto, podemos observar que tiene rasgos que de forma manifiesta nos muestra cierta inconstitucionalidad empezando por reflejar el término “nación” en su preámbulo, existiendo solo una Nación indivisible llamada España, así como la invasión de competencias de Justicia del Estado con la creación de los Consejos Autonómicos de Justicia; esta compuesto por doce Magistrados propuestos para su nombramiento de la siguiente manera: cuatro a propuesta del Congreso, cuatro a propuesta del Senado, dos a propuesta del Gobierno y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, y todos tienen un denominador común la sumisión una vez más al poder partitocrático.
En nuestro sistema constitucional actual; ¿podemos afirmar que hay separación de poderes o que eso es ciencia ficción?. Yo particularmente me decanto por lo segundo.
Para muy a sopesar mio el modelo estadounidense, NO gustándome en lo referente al modelo de los derechos civiles, modelo económico ultraliberal capitalista, prestaciones y servicios sociales, asistencia pública sanitaria y alguna otra cosa más, lo de la separación de poderes es rígida y existen elecciones para todos los poderes del Estado.Este sistema amigos, en esta materia en particular, sería mi modelo ideal de separación de poderes y democracia.

2 comentarios:

Sísar dijo...

Enhorabuena por el blog, me ha gustado mudho. He llegado hasta él a través del de Jorge Cubela.

Creo que la inmensa mayoría de los ciudadanos se están dando cuenta de la pantomina de la separación de poderes que bien pones de manifiesto.

Yo añadiría un error más de concepto y es que no puedo llegar a entender como en los propios organismos del Poder Judicial se permite la asociación (que no la sindicación) y de esta manera encontramos los mal llamados progesistas y conservadores. Este concepto lleva a dividir a la Justicia en dos bloques o en tres o cuatro o los que sean. La Justicia es una y solamente una. ¿para qué asociarse?

Un saludo

Anónimo dijo...

José Manuel Montero
Fabulosa apreciación yo particularmente el derecho de asociación lo suprimiría para no convertir a una Justicia en, como bien dijiste, sectarea desde la diferenciación del sector progresista y conservador.
Inciso muy apropiado.
Gracias por visitar mi blog y te invito a seguir participando en los debates sociales que voy a abrir, pese a que en algunas cosas podamos discrepar.